sábado, 11 de agosto de 2012

INTEGRANTES


  • WILSON DURANGO VARGAS
  • VICTOR ALONSO CARO 
  • MAURICIO TRUJILLO VARGAS
  • DAVIDSON RIVERA RESTREPO
  • DANIEL FELIPE SERNA



CADENA DE CUSTODIA












FOTOS DE EVIDENCIA









FUNDAMENTO JURIDICO


ARTICULO 206 ENTREVISTA
Cuando la policía judicial, en desarrollo de su actividad, considere fundadamente que una persona fue víctima o testigo presencial de un delito o que tiene alguna información útil para la indagación o investigación que adelanta, realizara entrevista con ella y si fuere del caso, le dará la protección necesaria.
La entrevista se efectuara observando las reglas técnicas pertinentes y se emplearan los medios idóneos para registrar los resultados del acto investigativo.
Sin perjuicio de lo anterior, el investigador deberá a menos dejar constancia de sus observaciones en el cuaderno de notas, en relación con el resultado de la entrevista.

ARTICULO 213 INSPECCION AL LUGAR DEL HECHO
Inmediatamente se tenga conocimiento de la comisión de un hecho que pueda constituir un delito, y en los casos en que ello sea procedente el servidor de Policía Judicial se trasladara al lugar de los hechos y lo examinara minuciosa, completa y metódicamente, con el  fin de descubrir, identificar, recoger y embalar, de acuerdo con los procedimientos técnicos establecidos en los manuales de criminalística, todos los elementos materiales probatorios y evidencia física que tiendan a demostrar la realidad del hecho y a señalar al autor y participes del mismo.
El lugar de la inspección y cada elemento material probatorio y evidencia física descubiertos, antes de ser recogido, se fijaran mediante fotografía, video o cualquier otro medio técnico y se levantara el respectivo plano.

ARTICULO 216 ASEGURAMIENTO Y CUSTODIA
Cada elemento material probatorio y evidencia física recogidos en alguna de las inspecciones reguladas en los artículos anteriores, será asegurado, embalado y custodiado para evitar la suplantación o la alteración del mismo. Ello se hará  observando las reglas de cadena de custodia.

ARTIULO 244 BUSQUEDA SELECTIVA EN BASES DE DATOS.
La policía judicial, en desarrollo de su actividad investigativa, podrá realizar las comparaciones de datos registrados en bases mecánicas, magnéticas u otras similares, siempre y cuando se trate del simple cotejo de informaciones de acceso público.
Cuando se requiera adelantar búsqueda selectiva en las bases de datos, que implique el acceso a información confidencial, referida al indiciado  imputado o, inclusive a la obtención de datos derivados del análisis cruzado de las mismas, deberá mediar autorización previa del fiscal que dirija la investigación y se aplicaran, en lo pertinente, las disposiciones relativas a los registros y allanamientos

ARTICULO 245 EXMAMENES DE ADN QUE INVOLUCREN AL INDICIADO O AL IMPUTADO
Cuando la policía judicial requiera la realización de exámenes de ADN, en virtud de la presencia de fluidos corporales, cabellos, vello púbico, semen, sangre u otro vestigio que permita determinar datos como raza, el tipo de sangre y en especial la hulla dactilar genética se requerirá orden expresa del fiscal que dirige la investigación.
Si se requiere cotejo de los exámenes de ADN con la información genética del indiciado o imputado, mediante el acceso a bancos de esperma y de sangre, muestras de laboratorio clínicos, consultorios médicos u odontológicos, entre otros deberá adelantarse la revisión de legalidad, ante el juez de control de garantías, (dentro de las treinta i seis (36) horas siguientes a la terminación del examen respectivo), con el fin de establecer su legalidad formal y material.
ARTICULO 278 IDENTIFICACION TECNICO CIENTIFICA.
La identificación técnico científica consiste en la determinación de la naturaleza y características del elemento material probatorio y evidencia física, hecha por expertos en ciencia, técnica o arte. Dicha determinación se expondrá en el informe pericial. 

OBJETIVOS

Relacionar el  EMP con una carpeta folder del indiciado. 

Realizar la reconstrucción del lugar de los hechos.

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

Empírico
Deductivo

FABRICA DEL TORNILLO


Insignia de la compañía



Información de Compañía
Fontec atornilla Co., Ltd. fundado en 1978, es un fabricante especializado 
que hace una amplia gama de productos incluyendo los remaches y los 
tornillos huecos del acero inoxidable del latón/del hierro/del aluminio. Las 
características y las ventajas competitivas de nuestros productos se
pueden enumerar como siguiendo:
el precio, entrega pronto, OEM es control de la recepción, excelente 
y de la alta calidad. Nunca paramos el aumentar de nuestra capacidad 
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nuestros productos innovadores mundiales.
En ultramar tan bien como importadores y comerciantes domésticos 

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Tipo de Negocio
Exportación, Fabricación

Productos principales
Screws, Rivets
Palabras
 Claves de Producto
Remaches semi tubulares, remaches del Special, tornillo de máquina, 
remaches de la fractura, remaches del Special, poste y sistema del 
tornillo, tornillo de pulgar, tornillos especiales, tornillos de la carpeta 
de máquina
Establecer en
1978
Certificación de Normalización
ISO9002

Mercado de Exportación

Europa, Asia, Medio Oriente, Norteamérica, Oceanía, Centro y Sudamérica 




Nombre de compañía


Fontec Screws Co., Ltd.+
País de Origen
Taiwán
Ciudad
Nueva Taipei
Dirección
No. 369, Sec. 2, Wenhua 2nd Rd., Linkou Dist., New 
Taipei City244, Taiwan
Tel
886-2-26027766-225
Fax
886-2-26018555
Sitio Web

Cierre relámpago/Código de poste
244
Persona de Contacto
Mr. L. S. Lin